Las principales áreas de intervención Notarial.

Los Notarios son profesionales del Derecho designados para la administración de Instrumentos o contratos de los cuales las partes deben o desean revestirlos de autenticidad asociada con Instrumentos Públicos de autoridad. En adición a ésta misión legal de redactar, conservar, reproducir, autorizar e inscribir Instrumentos Públicos; los Notarios también operamos en muchas otras áreas: “somos practicantes generales” en Derecho que tenemos un sólida formación para discernir sobre las problemáticas legales. Desde que intervenimos en cada área del Derecho y las contribuciones fiscales, somos la opción natural cuando los clientes necesitan consejo y asesoría.



Quehacer Notarial.

Tradicionalmente intervenimos en: capitulaciones matrimoniales, donación entre cónyuges, o entre ascendientes o descendientes (por citar algunas formar de transmitir derechos a título gratuito), distribución inter - vivos, testamentos y herencia, compraventas de terreno, constitución de Régimen en Propiedad en Condominio, Donación en Pago, Donación de Terreno, Donación de Terreno y Construcciones, Formalización de Compraventa de Terreno, Formalización de Compraventa de Terreno con Construcciones, Fusión de Predios, Subdivisión de Predios, Fideicomisos, Formalización de Compraventa de terreno, Formalización de Compraventa de Terreno con Construcciones, Permuta, Constitución de Asociaciones Civiles, Constitución de Otro tipo de Sociedades, Constitución de Sociedades Anónimas de Capital Variable, Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, Constitución de Sociedades Civiles, Constitución de Instituciones de Asistencia Privada, Constitución de otro Tipo de Sociedades, Escisión de Sociedades, Fusión de Sociedades, Poderes, Mandatos, Protocolización de Asambleas, Transformación de Sociedades, Apertura de Crédito en Cuenta Corriente con Garantías, Mutuos con Garantía Hipotecaria, Reconocimiento de Adeudo con Garantía Hipotecaria, Sucesiones Testamentarias, Cotejos, Poderes, Ratificación de firmas, Certificación de Hechos, Ratificación de Firma Electrónica, formalización de contratos preliminares, formalización de acuerdos de venta.



Función Notarial.

De manera general, reunir y escuchar con paciencia a las partes a fin de determinar la posibilidad legal de llevar a cabo lo que éstas pretenden. Si es jurídicamente viable, definir el instrumento, contrato o acto jurídico que deben celebrar. Redactar con previa identificación de las partes el instrumento o contrato correspondiente de acuerdo con sus pretensiones o necesidades, con estricto apego a la legalidad, la doctrina y las buenas costumbres. Una vez redactado el instrumento y leído éste, explicada a las partes su alcance y fuerza legal, y en presencia del Notario firmar la escritura, para que éste lo autorice y se genere el instrumento público que tendrá pleno valor probatorio, siendo éste prueba plena dentro y fuera de juicio. Realizar los pagos de las diferentes contribuciones federales, estatales y municipales derivadas de la escritura y seguir a la inscripción del acto jurídico o contrato en el Instituto del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos. Conservar bajo su custodia los originales del instrumento y expedir copias certificadas como sean necesarias.



Valor Agregado de la Actividad Notarial.

La certeza de la legitimación e identificación de las partes, evitando la suplantación. Contar con la asesoría y consejo del Notario antes de la celebración de algún contrato. El Notario verifica y se cerciora que quien dice ser el enajenante verdaderamente lo sea o en su defecto cuente con las facultades necesarias y suficientes para comparecer en su representación. El Notario verifica  y se cerciora que el inmueble motivo de una operación, no reporte gravámenes que pueda limitar la libre transmisión del dominio, como por ejemplo hipotecas, fianzas, etc. Y se encarga de recaudar todas las contribuciones federales, estatales y municipales del o los hechos generadores consignados en el instrumento. Administra riesgos y minimiza éstos en beneficio de los contratantes ya que en la redacción y elaboración de las escrituras formuladas, se cerciora que se han reunido los requisitos establecidos por las diversas Leyes en la materia aplicable. El Notario es imparcial y evita situaciones que pudiesen dar ventaja a alguna de las partes en perjuicio de la otra.
 
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